La Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo del 18 de noviembre de 2024
Aborda la obligatoriedad de un trámite previo de audiencia o expediente contradictorio en los despidos disciplinarios. El Tribunal establece que antes de formalizar un despido, el empresario debe ofrecer al trabajador la posibilidad de defenderse, en línea con el artículo 7 del Convenio 158 de la OIT, que exige un procedimiento justo antes de la extinción del contrato. Anteriormente, no se consideraba aplicable directamente este artículo, sin embargo, el Tribunal Supremo ha cambiado de criterio.
Este requisito se recogía en algunos convenios colectivos pero a partir de esta Sentencia, se convierte en obligatorio para todos los despidos disciplinarios.